LA PREDESTINACIÓN DE LOS SANTOS Y LA GRACIA (extractos) por Garrigou-Lagrange, O.P. (5)

 



El Concilio de Orange, que condenó en el año 529 al

semipelagianismo, tomando de San Agustín y de San Próspero

muchas de sus fórmulas, reprobó, según todos los historiadores,

las negaciones semipelagianas de la gratuidad

de la gracia y de su necesidad para el initium salutis y la

perseverancia final (Ver Denzinger, Enchiridion, n. 176,

177, 179, 183; ver Concilio de Trento, en el mismo lugar,

n. 806).




Es esto un mínimo, admitido por todos; pero muchos historiadores

y teólogos, entre éstos los tomistas y los agustinianos,

ven en el sentido obvio de los términos del Segundo

Concilio de Orange, como en el de varias palabras de

San Pablo, otra afirmación además, la de la eficacia intrínseca

de la gracia, presupuesta por el principio de predilección.




Volveremos sobre ello. Pero sea lo que sea, del mínimo

admitido por todos resultan tres proposiciones enseñadas por

los teólogos católicos:


1º, La predestinación a la primera gracia no tiene por

causa la previsión de las buenas obras naturales; ni de un

comienzo natural de la salvación;


2º, la predestinación a la gloria no tiene por causa la previsión

de los méritos sobrenaturales que durarían sin el don

especial de la perseverancia final;


3º, la predestinación adaequate sumpta, en tanto comprende

toda la serie de gracias desde la primera hasta la

glorificación, es gratuita o anterior a la previsión de los

méritos.



(...)



DECLARACIONES DE LA IGLESIA CONTRA EL PREDESTINACIANISMO


Las declaraciones de la Iglesia en el Concilio de Orange

expresan un aspecto del gran misterio que nos ocupa; el

otro aspecto está expresado por lo que la Iglesia ha enseñado

contra el predestinacianismo, después contra el calvinismo,

el bayanismo y el jansenismo.



(...)



III. EN LOS SIGLOS XVI Y XVII. Esta doctrina de la Iglesia

fue confirmada por las decisiones del Concilio de Trento

contra los errores protestantes, y por la condenación del

jansenismo.



La Iglesia declara de nuevo, que el hombre después del

pecado original queda libre para hacer el bien con el socorro

de la gracia, consintiendo en cooperar con ella, en tanto

que puede resistirla (Denzinger, n. 797; ver n. 816).

Síguese que Dios a nadie predestina al mal (ibid. n. 

827), sino que quiere por el contrario, 

la salvación de todos los hombres, y que 

Cristo ha muerto por todos, aunque no

todos reciban el beneficio que es el fruto de su muerte,

sino solamente aquellos a quienes es 

comunicado el mérito de la Pasión, sed ii dumtaxat, 

quibus meritum passionis ejus communicatur (ibid. 795).




Las buenas obras son necesarias para la salvación, a los adultos, y la gloria es la recompensa de sus méritos (en el orden de ejecución) al final de la prueba.




Asimismo, se declaró contra los jansenistas que Cristo no

ha muerto sólo para los predestinados, ni sólo para los fieles

(Denzinger, 1096, 1380 ss., 1294); que hay una gracia

verdaderamente suficiente, en razón de la cual el cumplimiento

de los preceptos es posible a todos aquellos a quienes

se imponen.




La Iglesia contra los protestantes y los jansenistas vuelve

a decir, sirviéndose de las palabras de San Agustín: Deus

impossibilia non jubet, sed jubendo monet et facere quod

possis et petere quod non possis (Denzinger, n. 804) (42);

"Dios no abandona a los justos, sin haber sido abandonado

por ellos", 804, 806, 1794; no son privados de la gracia

habitual sino por una falta mortal, y de ciertas gracias

actuales necesarias a la salvación sino por haber resistido a

gracias suficientes.


(42) Dios no manda cosas imposibles, sino que mandando aconseja hacer lo que puedas y pedir lo que no puedas.




Dios no permite que seamos tentados más allá de nuestras

fuerzas (n. 979); la gracia de la conversión es ofrecida

a los pecadores (n. 807) y son privados de ella sólo aquellos

que la rechazan por una falta que Dios permite, pero de

la cual de ninguna manera El es causa (n. 827, 816, 1677).




Pero al afirmar que Dios por una gracia suficiente hace

posible a todos el cumplimiento de los preceptos, la Iglesia

no deja de afirmar con ello la eficacia de la gracia que hace

producir de hecho las buenas obras. El Concilio de Trento

declara: Deus, nisi ipsi (homines) illius gratiae defuerint,

sicut coepit opus bonum, ita perficiet, operans velle et perficere.

Filip., II, 13. Denzinger, 806 ..


Continuará...




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