MANUAL DE SUPERVIVENCIA DURANTE LA GRAN TRIBULACIÓN Y LA OPERACIÓN DEL ERROR. (XVI)

 

8. Fábula de la supuesta validez de las espurias órdenes de los intrusos “tradicionalistas” sedevacantistas.

Todos esos desgraciados falsos cristos se escudan en la supuesta validez de sus fraudulentas dignidades, aunque interiormente se saben ilícitos, de ahí que estos charlatanes eviten, como los vampiros evitan la luz y el agua bendita, nombrar la palabra "ilícito", porque según ellos, lo que realmente importa es que sean válidos, lo cual convertiría en “sagrado” todo cuanto estos personajes tocan, y así engañan a muchos incautos y poco formados en el Magisterio y el CIC, que les otorgan un crédito y una competencia que ninguno de esos hipócritas desobedientes posee. La neoteología improvisada de los sectarios thucistas y lefebvristas ha hecho estragos, pues estos infelices han creado una especie de "magisterio propio" para justificarse y justificar sus sacrilegios y profanaciones, despreciando y minimizando al único y verdadero Magisterio que toda criatura está obligada a obedecer si quiere salvarse, de ahí que el caos y la confusión sean totales.


En realidad, ninguno de ellos ha entendido realmente cuál es la diferencia entre validez y licitud, de ahí que consigan engañar tan fácilmente a los simples, por lo que se impone una explicación urgente de ambos conceptos clave.

Para ser lícito se requiere permiso del Papa, la misión canónica para ser consagrado Obispo Católico (can. 953), y que éste pueda ordenar Sacerdotes Católicos; esta misión canónica es fundamental, pues es lo que haría que el ministro fuera Católico, tuviera Sucesión Apostólica, formara parte de la Jerarquía de la Santa Iglesia Católica Apostólica y Romana,  tuviera cargo u oficio eclesiástico (can. 147) y, en consecuencia, tuviera el poder de gobernar al rebaño de N.S.J.C, poder que solo el Papa puede transmitir al Obispo Católico, poder que recibe el Papa inmediatamente de N.S.J.C. [cf Mystici Corporis Christi, Ad Sinarum Gentem, Apostolorum Principis Sepulcrum]. Por tanto, la licitud es un requisito ESENCIAL para funcionar como Eclesiástico, pues faltando ésta, NO se es Católico sino cismático.

Por otra parte, para ser válido no se requiere permiso del Papa, luego no se es Católico, no se tiene oficio eclesiástico, no se tiene potestad jurisdiccional, luego se es un intruso puesto que no se ha entrado por la puerta del Redil, luego no se tiene el poder de gobernar el rebaño de N.S.J.C; para ser válido, solo se requiere que el ordenante sea un obispo válidamente consagrado (materia, forma, intención), es decir, sin permiso del Papa, pero evidentemente todas estas consagraciones y ordenaciones serán ilegales, profanaciones, gravemente pecaminosas, estando excomulgados todos ellos y sus ordenados, pues están fuera del Cuerpo Místico de la Iglesia, carecen de misión y poder de gobernar, son intrusos, los cuales no harían sino actos nulos, y todas las funciones que ejercieran serían otras tantas profanaciones y sacrilegios. Es el caso de los cismáticos ortodoxos griegos y rusos, los cuales eran clero válido, pero completamente ilícito, acatólico.


S.S. PÍO XII 1951

ACTAS S. CONGREGATIONUM SUPREMA SACRA CONGREGATIO S. OFFICII

II DECRETUM DE CONSECRATIONE EPISCOPI SINE CANONICA PROVISIONE

“El obispo de cualquier rito y dignidad, que confiera la consagración episcopal a alguien sin haber recibido el nombramiento de la Sede Apostólica o sin por la misma hubiera sido expresamente confirmada, y también el que recibe dicha consagración, aunque uno y otros lo hagan coaccionados por miedo grave (canon 2229 § 3, 3°), incurren ipso facto en excomunión reservada de un modo especialísimo a la Sede Apostólica”.

AAS 43 (1951), 9 de Abril, pp. 217-218

 

"Todos los que apoyan a un sacerdote, obispo o administrador diocesano que no ha recibido legítimamente su misión del Papa, y todos los que mantienen relaciones con él en asuntos espirituales, son, como aquel a quien apoyan, tratados por la Iglesia como cismáticos, porque con tal acción se separan de la unidad de la Iglesia”.

Manual de la Religión Cristiana, 1891, pág. 371 por Wilmers Wilhelm, 1817-1901.


Resumiendo:

Válido = ordenado sin permiso del Papa, acatólico, sin poder de gobierno, todos sus actos y funciones son sacrílegos, pecaminosos, nulos.

Lícito = ordenado con permiso del Papa, Católico, con poder de gobierno, sus actos son sagrados.

 

Su Santidad Pío VI nos dice a este propósito:

"...unos ministros sin misión y pastores sin jurisdicción, y por consiguiente párrocos intrusos, no harían sino actos nulos, y que todas las funciones que ejercieran serían otras tantas profanaciones”.


Queda meridianamente claro que la supuesta validez que estos intrusos reclaman no les sirve absolutamente para NADA, porque no les hace Católicos ya que nunca recibieron permiso ni Jurisdicción del Papa. Por tanto, es absurdo y hasta suicida que se aferren a esa muy dudosa validez para justificar sus sacrilegios y profanaciones ante sus engañados acólitos. Pero es que, además, ni siquiera son válidos (!!), sino que no son nada más que simples laicos disfrazados, pues el Magisterio les denuncia y les deja en evidencia, como tendremos oportunidad de probar a lo largo de este ensayo.

Continuará...





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