30.
Fábula de que se puede derogar la disciplina vigente en los interregnos impuesta
por el último Papa, según les convenga a los falsos profetas.
La
retorcida excusa que aducen esos desgraciados sería la que sigue:
“Como
S.S. Gregorio X derogó durante su Pontificado (1272-1276) la disciplina vigente
en el interregno de los años 1268-1271, impuesta por S.S. Clemente IV en el año
1265, y la Constitución de los cónclaves Licet de vitanda de S.S. Alejandro III
del 19 Marzo de 1179, imponiendo S.S. Gregorio X su disciplina y la bula Ubi
periculum de 1274; llegamos a la conclusión que también se derogó la disciplina
para los interregnos de S.S. Pío XII impuesta en 1945 y el Código de Derecho
Canónico de 1917 (can. 953) y las Actas Apostólicas nº43 del 9 de Abril de 1951
en las páginas 217-218, por la sencilla razón de que nos molestan, porque nos
excomulgan y nos invalidan”.
Respuesta
a esta fábula:
“Muy
señores míos, la disciplina de S.S. Clemente IV en Licet ecclesiarum del año
1265 vigente en el interregno de 1268-1271, y la de los cónclaves de Licet de
vitanda de S.S. Alejandro III del 19 Marzo 1179, derogadas por S.S. Gregorio X,
y la impuesta por él mismo en 1274 en la bula Ubi periculum para el cónclave,
no es la disciplina del interregno en el que estamos desde el 9 de octubre de
1958, LA DISCIPLINA VIGENTE para este interregno es la Constitución Vacantis Apostolicae Sedis de
1945, bajo la Suprema Autoridad de S.S. Pío XII y el Código de Derecho Canónico
de 1917 (can.953), y las Actas Apostólicas nº43 del 9 de Abril de 1951 en las
páginas 217-218.
Díganme, falsos pastores, ¿quién ha derogado entonces la disciplina impuesta por la Suprema Autoridad de S.S. Pío XII, que es la de Nuestro Señor Jesucristo?... ¿La han derogado ustedes, que no son nada más que intrusos, inválidos e ilícitos, en la década de 1980?...
¡Bienvenidos al reino de las lógicas
de la Anomia, la época sin ley ni disciplina!
LES RECORDAMOS LO QUE DIJO S.S. PÍO XII:
“Somos conscientes de que quienes menosprecian la obediencia para
justificarse en las funciones que han asumido injustamente, defienden su
posición recordando un uso que prevaleció en épocas pasadas. Sin embargo, todos
ven que toda disciplina eclesiástica es derrocada, si de alguna manera es lícito
que se restauren arreglos que ya no son válidos, porque la autoridad suprema de
la Iglesia decretó hace mucho tiempo lo contrario. En ningún sentido disculpan
su forma de actuar apelando a otra costumbre, y prueban indiscutiblemente que
siguen deliberadamente esta línea para escapar de la disciplina que ahora
impera y a la que deben obedecer... "
PÍO
XII, 1958, Ad apostolorum principis.
* * *
Continuará...
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