MANUAL DE SUPERVIVENCIA DURANTE LA GRAN TRIBULACIÓN Y LA OPERACIÓN DEL ERROR. (XLIV)

4. Con el propósito de que se entienda bien la magnitud y la gravedad de la Gran Tribulación en la que nos hallamos metidos, tribulación espantosa cual no la hubo desde el principio del mundo hasta ahora, ni la habrá más [cf Mateo 24, 21], baste meditar en lo siguiente, pues en efecto no hay ya hoy ningún lugar en la tierra donde los hijos de Dios podamos reclinar la cabeza [cf Mateo 8, 20] para descansar y protegernos de las inclemencias y los peligros que nos azotan y oprimen por todas partes. 

Y es que el mal y la apostasía están tan extendidos, que es prácticamente IMPOSIBLE buscar refugio en ningún antiguo vestigio de la que siempre fue la Iglesia Católica, puesto que todo ha caído y no se va a levantar; no quedan ya Órdenes religiosas donde puedan ir las almas que sienten la llamada de Dios a la vocación de vida contemplativa, puesto que todas han apostatado y han adherido a la apostasía y la herejía promovidas por la Ramera conciliar desde Roma, defeccionando miserablemente por miedo a perder su plato de lentejas, y aceptando un Evangelio distinto [cf ecumenismo, colegialidad, tolerancia con otras “religiones”, fin del “proselitismo”, es decir, del espíritu misionero y la evangelización de pueblos paganos, comunitarismo, bastardización del culto, poder laico, indiferentismo, subjetivismo rampante, complicidad y libertad del error flagrante y aterradora, etc., etc.] del que siempre predicó la Esposa de Cristo, renunciando así a ser la sal y la luz del mundo para lo cual fue fundada la Iglesia por Nuestro Señor Jesucristo, y convirtiéndose en una infame monstruosidad que siembra y esparce la cizaña del error y la impiedad por todo el orbe, haciendo el trabajo del enemigo de Dios y destruyendo toda la sagrada y universal obra de santificación de las almas y las naciones que el Cuerpo Místico había realizado durante 2.000 años. 

Además, ya no es posible entrar en ningún seminario para ser Sacerdote, al haber apostatado pública y notoriamente todos los Obispos el 8 de diciembre de 1965 perdiendo ipso facto su oficio y jurisdicción [cf Can. 188.4], no quedando nadie en pie que pueda conferir la tonsura requerida para pasar del estado laico al estado sacerdotal, y sin un Papa que les otorgue la Jurisdicción necesaria para ello, por lo que si alguno comete la temeridad de recurrir a los falsos cristos de las sectas tradicionalistas-sedevacantistas, los cuales están todos excomulgados y en situación de infamia jurídica por su impía presunción de buscar el episcopado sin un Papa que les permita hacerlo y les otorgue la validez requerida para ser consagrados [cf DISCIPLINA VIGENTE DE V.A.S 1945 + CAN 953 + AAS 43 pp. 217-218], entonces recae sobre él también la misma censura de excomunión e infamia de ley; para terminar de agravar las cosas, no es posible tampoco para ningún simple fiel entrar en una Iglesia a rezar ante el Santísimo, recibir la Santa Comunión, o el Sacramento de la Penitencia o Confesión, pues no quedan ya ministros válida y lícitamente ordenados que ofrezcan el Santo Sacrificio del altar, dado que son INVÁLIDOS y no pueden consagrar la Santa Hostia, impidiendo así que se efectúe la Transubstanciación [*Nota: en la Ramera Montiniana o secta conciliar sí puede haber algún ministro válido que pueda consagrar, siempre que las frases consagratorias sean las correctas, así como la materia, esto es, pan de trigo y vino de uva, pero lo hará de forma sacrílega, son aquéllos ministros ancianos que fueron tonsurados antes del 9 de octubre de 1958 y fueron ordenados por obispos consagrados antes del 9 de octubre de 1958,   pues hasta el 8 de diciembre de 1965, los Obispos consagrados antes del 9 de octubre de 1958 tenían jurisdicción para tonsurar]; ni tampoco queda nadie que tenga jurisdicción para perdonar y absolver los pecados [cf CONCILIO DE TRENTO Sesión 14, Capítulo VII + CIC 1917 Canon 872]; ni se puede entrar en un templo de una secta acatólica y apóstata [cf la secta o Ramera Montiniana o Conciliar, que desde el 8 de diciembre de 1965 ha eclipsado a Nuestra Santa Madre la Iglesia Católica] a rezar por el peligro cierto de incurrir en comunicación en lo sagrado con acatólicos y herejes [cf Canon 1258]. 

Se nos ha privado literalmente de todo recurso y consuelo visible, pues se nos ha dejado sin Sacramentos [a excepción del Bautismo y del Matrimonio, que no necesitan de Sacerdotes para ser administrados], se nos ha privado igualmente de los Sacramentales como puedan ser el agua bendita, la sal, el aceite, etc., al no haber quien los bendiga conforme al Código de Derecho Canónico o CIC dado que ya no hay Ministros válidos y lícitos; en consecuencia, las vías o canales ordinarios por los que se transmite la Gracia de Dios en las almas han quedado definitivamente inutilizados y destruidos, no quedándonos nada más que el acto de Contrición y de Contrición perfecta, la Comunión espiritual o de deseo, el Santo Rosario, las devociones particulares a los Santos, y poco más. Teniendo todo esto en cuenta, debería quedar suficientemente claro por qué afirmamos con plena certeza que nos encontramos en plena Gran Tribulación tal cual nos fue anunciada por Nuestro Señor en el Evangelio de San Mateo 24, 21.   

[* De todas formas, aunque consagraran por el rito romano de San Pío V con un misal de S.S. Pío XII, sería un sacrilegio porque hicieron defección de la fe y son de otra secta, y solo el Papa les puede quitar la infamia de ley.

Continuará...

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